PRESOS DEBERÁN SEGUIR LIMPIANDO SIN COBRAR: CASACIÓN RESPALDÓ LAS MEDIDAS DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD

El máximo tribunal penal confirmó las resoluciones impulsadas por Patricia Bullrich. Limita el acceso al trabajo remunerado en cárceles y obliga a realizar tareas de limpieza sin pago.

Politica01/10/2025Carolina del Rosario SaltoCarolina del Rosario Salto
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La Cámara Federal de Casación Penal ratificó esta semana la legalidad de las resoluciones del Ministerio de Seguridad que establecen la obligación de los detenidos de realizar tareas de limpieza y mantenimiento dentro del sistema penitenciario sin recibir compensación económica. Así, quedaron firmes las disposiciones firmadas por la ministra Patricia Bullrich que también restringen el acceso de los internos a trabajos pagos.

El fallo se conoció tras el rechazo de una queja presentada por la Defensoría General de la Nación (DGN), que había solicitado suspender la implementación de las resoluciones 1346/2024 y 429/2025. De este modo, continúa vigente la normativa que impone a los reclusos del Servicio Penitenciario Federal la realización de tareas de higiene en espacios comunes y personales, sin percibir sueldo alguno.

La Resolución 1346/2024 establece que estas tareas podrán extenderse hasta cinco horas por día. En su justificación, desde el Ministerio se argumentó que la intención es combatir la inactividad, ya que la “ociosidad” de los presos sería un factor que favorece la violencia y el desarrollo de “subculturas carcelarias vinculadas al delito”.

Por su parte, la Resolución 429/2025 complementa la anterior, fijando un límite del 5% para la cantidad de internos que podrán acceder a trabajos remunerados como única actividad. Quienes sean autorizados deberán trabajar al menos ocho horas diarias, pero sin que se utilice como referencia el salario mínimo, vital y móvil.

Desde la Defensoría General habían pedido una medida cautelar de “no innovar” para frenar la aplicación de ambas resoluciones, señalando que implicaban un cambio en las condiciones laborales dentro del penal de Marcos Paz y que vulneraban el derecho al trabajo y a una remuneración justa. Sin embargo, el planteo fue rechazado en todas las instancias judiciales: primero por el juez de primera instancia, luego por la Cámara Federal de San Martín y finalmente por la Casación.

Fallo dividido en Casación
La Sala IV del tribunal, compuesta por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, resolvió por mayoría desestimar la queja de la defensa. Borinsky y Carbajo coincidieron en que el recurso no era procedente, ya que “no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible que continúen las actuaciones”.

Además, sostuvieron que la defensa “tampoco alcanzó a demostrar el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior” que justificaría la intervención de la Casación.

El juez Hornos votó en disidencia parcial. A su entender, la queja debía aceptarse y abrirse una audiencia para discutir el caso. En su voto, argumentó que el reclamo de la Defensoría estaba vinculado a “la justa remuneración y el derecho al trabajo establecidos en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional”, por lo que consideraba pertinente un análisis más profundo.

Consecuencias del fallo
Con esta resolución judicial, las medidas impulsadas por el Ministerio de Seguridad siguen vigentes. Los detenidos continuarán realizando tareas de limpieza y mantenimiento sin retribución económica, mientras que solo una pequeña fracción de la población carcelaria podrá acceder a un empleo pago, bajo condiciones limitadas.

La cartera que encabeza Patricia Bullrich sostiene que estas políticas forman parte de una estrategia para reducir la violencia y promover el orden dentro de los penales. Sin embargo, organizaciones defensoras de los derechos humanos y la propia Defensoría General advierten sobre posibles vulneraciones a los derechos laborales de los internos.

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